Análisis de las medidas de conciliación de la vida familiar y laboral de los empleados públicos aprobadas esta semana por el Consejo de Gobierno de Canarias
Hoy he leído una nota de prensa en la Web institucional del Gobierno de Canarias que anuncia lo siguiente: "El Gobierno aprueba nuevas medidas para la conciliación de la vida familiar y laboral de los empleados públicos: Se flexibiliza la jornada de trabajo de los funcionarios y se introduce la atención a las víctimas de violencia de género" .
Una vez que he analizado el contenido de las medidas "adoptadas", no me puedo quedar callada porque una gran mayoría de esa serie de medidas ya estaban vigentes, y el resto de las que aprueba para su "aplicación inmediata", no son tan fáciles de aplicar si no se dispone de una normativa que las desarrolle.
Por ejemplo, se indica que una de las medidas de aplicación inmediata es la de " la aprobación de una nueva norma reguladora de la jornada y el horario, que posibilite a los empleados públicos compatibilizar sus responsabilidades familiares con su trabajo, a través de la flexibilización del horario laboral". Espero que la norma salga antes de que mis hijos, de 7 y 11 años, vayan a la Universidad, porque esa norma "tan esperada" lleva años "pendiente de elaborarse".
También la nota de prensa recoge que "el documento contempla una serie de avances, concretamente, en los permisos por asuntos particulares: siete días frente a seis, y que pueden llegar a nueve si el 24 y el 31 de diciembre caen en sábado o domingo". Pues bien, estos llamados "avances" ya se viene aplicando desde hace unos años, no es nada nuevo.
Con respecto a la "mayor flexibilización de horarios, al contemplar el cumplimiento del periodo laboral flexible, adaptando el horario de entrada entre las 7:00 y las 9:00 horas, frente a las 7:30 y 9:00 horas estatal. Y el horario de salida, entre las 14.30 y las 16.30", me gustaría creérmelo, pero sin una norma que lo desarrolle y sin un control adecuado de asistencia, es casi imposible que se pueda llevar a cabo.
Otro de los "acuerdos novedosos" es "el derecho del empleado público de la CAC a ausentarse para someterse a tratamientos de fecundación asistida por el tiempo necesario, previa justificación de la necesidad, dentro de la jornada laboral" . Este derecho, como su propio nombre indica, ya existía anteriormente a este acuerdo adoptado por el Gobierno, y por tanto, ya se venían acogiendo a él el personal que se encontraba sometido a dichos tratamientos.
Y no sigo para no deprimirme. Desde aquí doy la ¡bienvenida a las nuevas medidas!
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