Mujeres inmigrantes sin permiso de residencia: indefensión múltiple
Acabo de leer un artículo muy interesante en Mujeres en Red sobre la dificil situación de indefensión que padecen las mujeres inmigrantes en españa: "Otro burka occidental: mujeres invisibles en España", escrito por Toñi Villén, que quiero difundir desde este blog. En este artículo la autora denuncia que "actualmente en España, hay quienes además de sufrir violencia no tienen más opción que permanecer en la invisibilidad, porque la ley no les protege. Son las mujeres migrantes en situación irregular. Mujeres que, en palabras de Isabel Holgado, afrontan la migración abandonando su mundo, que generan estrategias para escabullirse de discriminaciones y restricciones de diferente signo, resistiendo ante la exclusión y la violencia de género, que emprenden una búsqueda consciente de autonomía y desarrollo personal, que cruzan mares y fronteras terrestres enfrentándose a múltiples riesgos, que asumen la responsabilidad familiar, y que en definitiva, van construyéndose a sí mismas, desde la libertad y la posibilidad de futuro."
También indica que Amnistía Internacional vuelca su atención hacia ellas, denunciando la gravísima situación en la que se encuentran ante la violencia como consecuencia de unas leyes discriminatorias. Es el caso de la Instrucción 14/2005 sobre actuación de dependencias policiales en relación con mujeres extranjeras víctimas de violencia doméstica o de género en situación administrativa irregular, que indica que una vez realizadas las actuaciones dirigidas a informar y atender a la víctima, averigüen la situación administrativa en la que se encuentra y, en caso de que su situación sea "irregular", inicien las actuaciones previstas en la propia Instrucción, que pueden derivar en una sanción administrativa o incluso en un expediente de expulsión. Las únicas vías previstas para suspender el procedimiento de expulsión y para obtener un permiso de residencia por motivos excepcionales son interponer la denuncia y solicitar y obtener una orden de protección y, en este proceso, recibir una sentencia favorable, es decir, condenatoria del agresor.
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